Serrano, Carlos P.Nájera, Geovanna E.Yépez, Cynthia K.2024-10-292024-10-292023-09Nájera, G. E. y Yépez, C. K. (2023). La prueba de oficio en construcción y búsqueda de la verdad procesal penal. Maestría en Derecho Penal mención Derecho Procesal Penal. Universidad de Otavalo.https://repositorio.uotavalo.edu.ec/handle/52000/1126El estudio contenido del presente artículo científico tomó como objetivo específico: proponer la instauración de la prueba de oficio dentro del ordenamiento jurídico penal ecuatoriano en casos excepcional, como herramienta para la construcción y búsqueda de la verdad procesal, salvaguardando el respeto a los derechos fundamentales. En el proceso penal ecuatoriano, impera el principio dispositivo, según el cual solamente los sujetos procesales pueden anunciar y practicar las pruebas, siendo esto así, el juzgador se ve limitado a valorar exclusivamente lo que las partes han practicado en el juicio sin que sea posible la aplicación de la prueba de oficio. En la práctica, han existido muchos casos en los que los sujetos procesales no han evacuado todas las pruebas indispensables para conocer la verdad de los hechos. Por ello, resulta oportuno, en principio, que el juzgador tenga la posibilidad de practicar la prueba de oficio, para lo cual a través de este proyecto no sólo se buscó su implementación, sino que también se planteó la reforma del art. 604 numeral 4 literal b del COIP, donde actualmente se prohíbe al juzgador decretar la práctica de prueba de oficio. Dentro de este análisis se estableció los parámetros y los límites que tiene el juez para practicar la prueba de oficio y la complementariedad al principio dispositivo, de igual forma través de la aplicación de la metodología investigativa se demostró que impera la necesidad de la instauración de la prueba oficiosa por parte del Juez para lograr exitosamente encontrar la verdad procesal penal.The study contained in this scientific article has as its general objective: to propose the establishment of criminal evidence in exceptional cases within the Ecuadorian legal system, as a tool for the construction and search for procedural truth, safeguarding the respect for fundamental rights and primarily guaranteeing the principle of effective protection and the right of access to justice. In the Ecuadorian criminal process, the dispositive principle prevails, according to which only the procedural subjects can announce and practice the evidence, this being the case, the judge is limited to assessing exclusively what the parties have practiced in the trial, therefore it is not possible to apply the ex officio evidence. In practice, there have been many cases in which the procedural subjects have not evacuated all the essential evidence to know the truth of the facts. For this reason, it is opportune, tha the judge has the possibility of practicing the evidence ex officio evidence. Through this project not only will its implementation be sought, but also the reform of art. 604 of the Comprehensive Organic Criminal Code, where the judge is currently prohibited from ordering ex officio evidence. Within this analysis, it will be determined whether in the Ecuadorian criminal process there is a collision or opposition between the dispositive principle and the unofficial power of the judge to order evidence, being able to consider the possibility that this unofficial power is complementary to successfully find the criminal procedural truth.application/pdf30 Páginasspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttps://creativecommons.org/licenses/by-sa/4.0/Prueba de oficioVerdad ProcesalPrincipioProcesoLa prueba de oficcio en construcción y búsqueda de la verdad procesal penal.info:eu-repo/semantics/masterThesishttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.02