Examinando por Autor "Ibarra, Manuel A."
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Ítem Acceso Abierto Aplicación del régimen semiabierto en el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala y el principio de irretroactividad.(Universidad de Otavalo, 2022-11) Guaña, Luis F.; Ibarra, Manuel A.; Benavides, Merck M.El presente trabajo de investigación tuvo como objetivo general analizar la falta de aplicación del régimen semiabierto al sentenciado por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala antes de la reforma al COIP, por parte de los jueces de garantías penitenciarias y analizar la existencia de vulneración del principio de irretroactividad de la ley. Con la promulgación y entrada en vigencia de la Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, se excluyen del acceso al régimen penitenciario semiabierto a las personas privadas de libertad que hayan sido condenadas por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala, a más de otros tipos penales. Situación que al momento se encuentra siendo aplicada por algunos jueces de garantías penales, quienes tienen el encargo de las garantías penitenciarias, sin considerar que las personas sentenciadas por el delito de tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala fueron sentenciadas previo a la vigencia de esta exclusión, lo que vulneraría el principio de irretroactividad de la ley. Para ello se aplicó, el método inductivo-deductivo, método analítico sintético, método histórico lógico, las técnicas de estudio de casos particulares, la entrevista, el análisis de documentos y los instrumentos como fichas de datos sobre casos particulares, guía de entrevista. De los resultados obtenidos se puede destacar que en las solicitudes de acceso al régimen semiabierto presentado por las personas privadas de libertad que hayan sido condenadas por tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización en alta escala, se está aplicando la reforma al COIP del 17 de febrero de 2021, lo que nos permite concluir que se está vulnerando el principio de irretroactividad de la ley.