La detención para fines investigativos en los delitos de delincuencia organizada previo a la formulación de cargos.
Archivos
Fecha
2022-10
Título de la revista
ISSN de la revista
Título del volumen
Editor
Otavalo
Resumen
La falta de notificación transgrede el derecho del debido proceso en la detención con fines de
investigación, esto se debe a que los juzgadores, inmediatamente luego de la detención para
fines investigativos y por petición de Fiscalía, realizan la audiencia de formulación de cargos a
la persona quien se encuentra siendo investigada, cuyo efecto generalmente siempre termina en
la medida extrema de prisión preventiva. Debiéndose precisar, que la detención con fines de
investigación al no cumplir con los requerimientos señalados por la ley, se presume ilegal,
detención que regularmente se mantiene hasta ser llamado a juicio, por lo que, sin duda alguna
se vulnera el debido proceso, la presunción de inocencia y la seguridad jurídica de quien se
enfrenta un proceso en tales condiciones. Con respecto a la metodología, se empleó la cualitativa,
por ser la más apropiada para el desarrollo del artículo. Coherente con la metodología, se han
utilizado principalmente los métodos: el analítico, el deductivo, documental y el inductivo. En
lo que se refiere a la técnica empleada, se utilizó la encuesta. De forma inequívoca, los métodos
empleados permitieron determinar claramente los vacíos normativos que existen en cuanto a la
aplicación de la detención con fines investigativos, evidenciando perfectamente la vulneración
de garantías constitucionales. En lo que se refiere a la propuesta elaborada, esta sin duda
modificaría la forma de notificar a quienes se encuentran dentro de un proceso de investigación
y que no han sido notificados en legal y debida forma, por lo que, el proceso penal estaría
expuesto a nulidad por vicio de garantías procesales.
Descripción
Intimatio notificationis principium processuum in retentione causarum inquisitionis violat, ex
eo quod iudices, qui, petente Officio Prosecutoris, audientiam peragunt ad crimina ferentes
contra eum qui investigatur; cuius effectus plerumque semper Praeiudicialis detentio in pluribus
erit. Sciendum est etiam quod detentio ad inquisitionem proposita, non parendo praescripto iure,
illicita detentio praesumitur, donec eadem in iudicium vocatur, pro qua sine dubio cognicione
violatur praesumptio innocentiae. ac certitudo legalis eorum qui libertate privantur. Quoad
methodologiam adhibita est methodus qualitativa, prout aptissima est ad evolutionem articuli.
Cum methodologia consentaneum, methodi adhibitae sunt: analytica, deductiva, documentaria
et inductiva. Quoad artificium adhibitum, percontatio adhibenda est. Omnino, methodi
adhibitae, quae fieri possunt ut clare determinentur hiatus regulatores qui existunt circa
applicationem detentionis ad proposita inquisitiva, plane manifestans violationem cautionum
constitutionum. Quod attinet ad propositum praeparatum, hoc proculdubio mutaret modum
notificandi eos qui in processu inquisitionis sunt et non notificati legitime et debito modo, ergo
processus criminalis obnoxius esset nullitati propter cautiones processuales.
Palabras clave
Derecho Penal, Detención, Debido proceso, Garantías
Citación
Chiriboga, X. y Romero, W. (2022). La detención para fines investigativos en los delitos de delincuencia organizada previo a la formulación de cargos. Maestría en derecho penal, mención derecho procesal penal. Universidad de Otavalo.