Examinando por Autor "Nepas, Segundo F."
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Ítem Acceso Abierto Efectos de la exclusión de juzgamiento de los delitos contra la vida en la justicia indígena.(Universidad de Otavalo, 2022) Nepas, Segundo F.; Chimborazo, Segundo R.La justicia indígena más que un derecho es un legado de los pueblos y comunidades indígenas, conforme a la Organización Internacional del Trabajo, en su Convenio OIT- 169, que otorga derechos y principios como: gozar plenamente de los derechos humanos y libertades; que se respeten sus creencias, costumbres y tradiciones ancestrales; permitiéndoles ostentar una administración de justicia independiente y autónoma, entre otros. La Constitución de 1998 contenía estos principios y derechos, pero es la de 2008, la que consagra en su Art. 171 a la justicia indígena con base en sus derechos consuetudinarios orales, no escritos que deben estar vigentes en el ejercicio de una jurisdicción indígena, y sus decisiones, emanadas de autoridades indígenas, serán respetadas por la justicia ordinaria. El caso No. 0731-10-EP dado en la comunidad indígena La Cocha Panzaleo Cotopaxi, dio lugar una demanda de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional señalando que violenta el principio non-bis-in-idem. Teniendo como objetivo general examinar las implicaciones jurídicas y las repercusiones sociales del juzgamiento de los delitos contra la vida en el caso “La Cocha”, considerando el contexto de diversidad cultural y pluralismo jurídico en el Ecuador. Esta investigación recurre a un enfoque cualitativo, con un nivel de profundidad descriptivo-explicativo, basado en los métodos hermenéutico, deductivo y analítico sintético, con técnicas como la revisión documental y la revisión jurisprudencias que permitió evidenciar los efectos posteriores al dictamen Las Cocha. En este contexto, esta Sentencia resuelve: El delito contra la vida los debe investigar y conocer fiscalía, por obligación, y deber del Estado protegerlo, siendo facultad exclusiva y excluyente de la justicia ordinaria. No existe doble juzgamiento, la justicia indígena no resuelve el tema respecto de la protección del bien jurídico: vida; sino solo en función de los efectos sociales; por tanto, el que transgreda la norma del derecho a la vida dentro de una comunidad indígena será sancionado conforme a la justicia ordinaria. De allí que, para las comunidades indígenas hay el doble juzgamiento, en ese sentido, prefieren no sancionar este tipo de delitos donde esté afectado el derecho a la vida; estos son los efectos de la exclusión de la sanción de los delitos contra la vida dentro de la justicia indígena, que vulnera los derechos de justicia indígena, por lo que la Corte Constitucional del Ecuador, en sentencias posterior ha mitigado progresivamente esta vulneración y confiere y reconoce otros derechos a los pueblos y comunidades indígenas.