Maestría en Derecho Penal mención Derecho Procesal Penal
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Examinando Maestría en Derecho Penal mención Derecho Procesal Penal por Materia "Acoso Sexual"
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Ítem Acceso Abierto La credibilidad de la versión de un niño, niña o adolescente al denunciar un delito de acoso sexual.(Universidad de Otavalo, 2023-09) Ledesma, Angélica M.; Amancha, LindaLa credibilidad de la versión de un niño, niña o adolescente presunta víctima de un delito de acoso sexual, es un elemento de convicción muy importante para imputar al supuesto agresor la responsabilidad de sus actos y que estos hechos no queden en la impunidad. El conocimiento legal determina que la valoración de la versión del menor de edad se dificulta porque generalmente se trata de episodios ocurridos en intimidad, donde no existe otra prueba que no sea la versión del niño, niña o adolescente. La principal pregunta de investigación fue: ¿Cuáles factores influyen en la credibilidad de la versión de los niños, niñas o adolescentes de un delito sexual? El objetivo de investigación fue: determinar si los protocolos de actuación para valorar la versión de niños, niñas o adolescentes agredidos sexualmente garantizan su credibilidad y garantizan sus derechos. La investigación fue cuantitativa, descriptiva, trasversal y de campo. Se aplicó una encuesta a 50 profesionales del derecho para describir: la credibilidad y garantía de los derechos de niños, niñas y adolescentes frente a los delitos sexuales. Los principales resultados determinan que la Constitución de la República del Ecuador si garantiza la atención prioritaria ante hechos de delito sexual a los menores de edad, las entidades judiciales no cumplen totalmente con los protocolos que garanticen la credibilidad de la versión del niño, niña o adolescente. La versión es suficiente elemento de convicción para formular cargos al presunto agresor(a) de un supuesto delito de acoso sexual; y el protocolo de actuación de la Fiscalía General del Estado para la rendición del testimonio de niños, niñas y adolescentes víctimas de un delito de acoso sexual es pertinente; pero no se utilizan todos los elementos técnicos señalados en el artículo 504 del Código Orgánico Integral Penal. Se concluye que el interés superior del niño, niña y adolescente es ser protegido por el estado ecuatoriano; razón por la cual, es necesario contar con los elementos técnicos - legales necesarios como también los profesionales especializados para garantizar la credibilidad de la versión de un niño, niña o adolescente víctima de acoso sexual.