El pago de la multa accesoria como condición para la suspensión condicional de la pena vulnera el principio constitucional que nadie puede ser privado de la libertad por deudas o multas
Fecha
2022-02
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Editor
Universidad de Otavalo
Resumen
La presente investigación tiene por objeto conocer el criterio judicial no vinculante de los Jueces del Tribunal de Garantías Penales de Imbabura, sobre la condición de pagar la multa accesoria a las infracciones para la suspensión de la pena, la cual vulnera el derecho constitucional a no ser privado de la libertad por deudas, costas y multas por medio de la revisión sistemática de las sentencias emitidas en el año 2020-2021. En el proceso penal, una vez emitida sentencia condenatoria, el sentenciado puede solicitar al juzgado, en la misma audiencia de juicio o dentro de las 24 horas, la suspensión condicional de la pena privativa de libertad, dentro de las cuales, el juzgador impone como condición el pago de la multa accesoria a la infracción penal tipificada en el Art. 70 del COIP, misma que no se encuentra establecida en la norma, vulnerando de esta manera el derecho constitucional a no ser privado de la libertad por deudas, costas y multas, al forzar al sentenciado al pago de la multa bajo la amenaza de revocar la suspensión y cumplir la pena privativa de libertad por incumplimiento, atribuyéndose (al juez) la función del Director del Consejo de la judicatura de ejercer el procedimiento coactivo para recaudar el pago de la multa impuesta por el cometimiento del delito, que en este caso puede estar sujetos a prescripción por falta de cobro. Para la realización de esta investigación se aplicó el método analítico, enfoque cualitativo, nivel explicativo, tipo documental, y las técnicas utilizadas fueron el estudio de casos, tratando de descomponer una idea general acerca del objeto de estudio para llegar a ideas específicas, claras y con los ejemplos aportados logar establecer que si hay casos de personas a las que se le se les ha revocado la suspensión de la pena por no pagar una multa que no se encuentra establecida en la ley penal.
Descripción
Palabras clave
Procedimiento legal, Derecho, Igualdad de derechos, Deuda
Citación
Villegas, A. E. (2022). El pago de la multa accesoria como condición para la suspensión condicional de la pena vulnera el principio constitucional que nadie puede ser privado de la libertad por deudas o multas. Maestría en Derecho procesal y litigación oral. Universidad de Otavalo