Maestría en Derechos Humanos y Sistemas de Protección

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    Violencia política y Representación femenina en el Ecuador: un análisis desde la perspectiva de Derechos Humanos.
    (Universidad de Otavalo, 2024-12) García, María L.; Tapia, Héctor P.
    Este estudio analiza cómo la violencia política afecta la representación femenina en Ecuador desde la perspectiva de los derechos humanos, específicamente me he centrado en el derecho de Igualdad entre hombres y Mujeres ya que mi experiencia en las vocerías y movimientos de mujeres a los cuales pertenezco me han llevado a delimitar que es una de las violencias mas enraizadas en nuestra provincia y porque no decirlo en nuestro país. Mediante una metodología cualitativa de enfoque descriptivo-documental, se examinan datos de informes, estudios académicos y casos específicos para entender las manifestaciones y consecuencias de esta violencia en el ámbito político. Los hallazgos revelan que las mujeres en cargos públicos enfrentan acoso, amenazas, difamación y agresiones físicas y psicológicas, lo cual limita su participación, desincentiva a otras mujeres a integrarse en la política y perpetúa estructuras de exclusión debido a no ser tomadas en cuenta en las decisiones ni en rangos de autoridad para lo que se han postulado o han sido elegidas en el caso de la política cuando llegan a estos puestos. A pesar de los avances legislativos hacia la paridad de género, la implementación de sanciones por parte del TCE es deficiente, lo que refuerza un entorno hostil para las mujeres en política y el temor, desconfianza por el incumplimiento de las mismas. Según la ONU Mujeres, Ecuador muestra una alta prevalencia de violencia política de género, sean estos en los momentos que que se dan los procesos para ser elegidas para ejercer el cargo al cual están aspirando, afectando así la diversidad en la toma de decisiones y debilitando la democracia, particularmente he podido palpar estas afectaciones y la discriminación que se vive por querer y aspirar ingresar a participar en la política siendo mujer. Este análisis concluye afirmando que hay que desarrollar políticas públicas que no solo promuevan la equidad de género, sino que también protejan a las mujeres contra la violencia y les brinden acceso a recursos y redes de apoyo en el ámbito político.
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    El Derecho al Trabajo de los adolescentes de 15 a 17 años por cuenta propia en el Cantón Machala: protección de sus Derechos Humanos a través de su regulación en espacios de Competencia Municipal.
    (Universidad de Otavalo, 2024-09) Almagor, Luis M.; Ponce, Franklin A.
    En Ecuador, el trabajo adolescente, especialmente entre los 15 y 17 años, se ha encontrado en situaciones poco visibles, siendo mayormente abordado desde una política pública de erradicación del trabajo infantil en pocos cantones con ordenanzas municipales hasta el año 2021, en donde finalizó el proyecto de erradicación del trabajo infantil impulsado por el Ministerio del Trabajo y que contaba con técnicos que asistían técnicamente a los municipios para la implementación de políticas públicas de erradicación del trabajo infantil. La Constitución de la República del Ecuador reconoce el derecho al trabajo de los adolescentes en condiciones dignas y seguras, la falta de claridad en las normas sobre protección laboral para este grupo etáreo ha limitado su acceso a estas condiciones. Las leyes establecen parámetros sobre la jornada laboral, prohibiendo el trabajo nocturno y las horas excesivas, pero no han garantizado la protección efectiva de los derechos de los adolescentes trabajadores por cuenta propia. Presentando un dilema entre la perspectiva derogatoria, que considera el trabajo adolescente como una vulneración de derechos, y la perspectiva de protección integral, que busca garantizar su seguridad y dignidad en el ámbito laboral.
  • ÍtemAcceso Abierto
    El acceso a la justicia de mujeres y niñas indígenas conforme la Recomendación General 39, CEDAW, en la Unidad Judicial Especializada de Violencia contra la Mujer o miembros del núcleo familiar e infracciones contra la integridad sexual reproductiva de Otavalo.
    (Universidad de Otavalo, 2024-08) Chicaiza, Maribel V.; Torres, Mónica P.; Tapia, Héctor P.
    El documento analiza el acceso a la justicia de mujeres y niñas indígenas en la Unidad Judicial Especializada de Violencia Contra la Mujer o Miembros del Núcleo Familiar e Infracciones Contra la Integridad Sexual y Reproductiva de Otavalo, del cantón Otavalo, provincia de Imbabura, en el contexto de la aplicación de la Recomendación General 39, CEDAW, sobre los Derechos de las Mujeres y Niñas Indígenas. El objetivo es analizar y evaluar los mecanismos judiciales y estatales que garantizan el derecho a una justicia inclusiva y sin discriminación para este grupo poblacional, considerando los desafíos que enfrentan debido a factores culturales y de género. La metodología utilizada fue de enfoque cualitativo, basada en entrevistas semiestructuradas realizadas a juezas, una abogada docente y el presidente de la Asociación de Abogados de Otavalo, junto con un análisis documental de la normativa vigente. Este enfoque permitió obtener una comprensión detallada sobre las barreras y deficiencias en la implementación de la Recomendación General 39, CEDAW y la protección de los derechos de las mujeres y niñas indígenas. Entre los principales resultados se destaca la falta de aplicación integral de los doce puntos propuestos por la Recomendación General 39, la baja frecuencia de sentencias que mencionan esta normativa, y la carencia de infraestructuras y recursos adecuados en la Unidad Judicial, como la ausencia de traductores y una Cámara de Gesell accesible. Aunque existen avances en capacitación en perspectiva de género y derechos indígenas, estos no son suficientes para asegurar una justicia efectiva y culturalmente sensible. El estudio concluye que es necesario fortalecer las políticas y recursos para garantizar que el acceso a la justicia de mujeres y niñas indígenas sea realmente equitativo y respetuoso de sus particularidades culturales. Palabras clave: Acceso a la justicia, Mujeres indígenas, Recomendación General 39, CEDAW, Perspectiva intercultural, Inclusión judicial
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    Reparación integral: análisis de las sentencias emitidas por la corte IDH al Ecuador en el periodo 2019 – 2023.
    (Universidad de Otavalo, 2024-12) Chacón Castillo, Cecilia del C.; Tapia Ramirez, Hector P.
    El presente trabajo giró en torno a la identificación de sentencias por muestreo aleatorio notificadas al Estado Ecuatoriano durante el periodo 2019 – 2023 por parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que mediante el análisis cualitativo e interpretativo con la matriz de detalle de coincidencias de las dimensiones a la reparación de vulneración de derechos a víctimas o sus sobrevivientes buscó verificar si se reconoció la reparación material e inmaterial. Es necesario aclarar que el objetivo fue buscar coincidencias que verifiquen la reparación y la aplicación de una justicia integral a través de las sentencias ordenadas en la jurisprudencia de la Corte IDH. Las dimensiones se concentran en: restitución, rehabilitación, garantía de no repetición, compensación, y rehabilitación; con ello, el cumplimiento de la Convención Interamericana de Derechos Humanos como instrumento por el cual se garantiza la dignidad humana por parte de los Estados, al mismo tiempo, este instrumento facilitó la interpretación de la vulneración de los derechos de víctimas y sobrevivientes y con ello la generación de las sentencias; además se describió notas de asociación libre según la metodología planteada, se describió hallazgos y finalmente aportó con conclusiones que ahonden en el debate de la reparación integral, representando un avance muy significativo en la lucha por la justicia y la dignidad de las víctimas de violaciones de derechos humanos en América Latina. A través de sus decisiones, la Corte IDH ha establecido estándares claros y coherentes para la reparación integral, reconociendo la complejidad de las necesidades de las víctimas y la responsabilidad del Estado en garantizar la plena reparación. Sin embargo, la Corte IDH no ha encontrado la forma efectiva y diligente para lograr un impacto más amplio y efectivo, fundamental para que los Estados cumplan con las medidas ordenadas por la Corte IDH.

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